Descripción

Es el seguro que protege tu hogar y los bienes que has adquirido contra pérdidas o daños materiales, para que tú y tu familia vivan con total tranquilidad.


Ventajas de adquirir este seguro


No se requiere inspección. Excepto para edificios con valor superior a 1.500 millones o bienes con valor superior a 150 millones de pesos.

Servicio de asistencia domiciliaria para emergencias las 24 horas del día, 365 días al año. Incluido dentro de la prima con mayor límite de cobertura.

Consulta el anexo Servicio de asistencia domiciliaria Hogar 360

Consulta el anexo Servicio de asistencia domiciliaria Hogar Tradicional

Consulta el anexo Servicio de asistencia para mascotas.

Consulta el anexo Asistencia fractura de pantalla en equipos de telefonía móvil.

Consulta el anexo Asistencia Hogar reparaciones.

Consulta el anexo Asistencia Hogar para mascotas integral.

Consulta el anexo Asistencia bicicletas básica.

Consulta el anexo Asistencia Hogar Básico.

Consulta el anexo Asistencia mascotas Plus.

Consulta el anexo Asistencia mascotas Básico.

Coberturas

Coberturas básicas

  • Incendio.
  • Terremoto, temblor o erupción volcánica.
  • Maremoto.
  • Huelga o conmoción civil.
  • Actos malintencionados de terceros, incluidos actos terroristas.
  • Rotura de vidrios.
  • Pérdida de arrendamiento o gastos de alojamiento temporal.
  • Robo con violencia.
  • Daños a equipos eléctricos o electrónicos.
  • Rotura de maquinaria.
  • Daños a terceros o responsabilidad civil familiar por actividades cotidianas.

Coberturas adicionales

  • Robo sin violencia.
  • Robo con violencia de objetos de valor.
  • Todo riesgo de bienes móviles y portátiles.
  • Auxilio exequial.
  • Accidentes personales.

Asistencias

Haz clic en cada una de las asistencias para consultar el clausulado con los términos y condiciones.

Exclusiones

  • Guerra internacional o civil.
  • Dolo o culpa grave.
  • Contaminación radioactiva.
  • Deterioro natural del inmueble y bienes asegurados.
  • Ataques o virus informáticos.

Consulta el clausulado y conoce cada una de las exclusiones que aplican a las coberturas que contrates.

Reclamación

Al ocurrir cualquiera de los eventos cubiertos, el asegurado debe entre otras cosas:

  • Evitar que la afectación de tus bienes asegurados sea mayor.
  • No remover u ordenar remoción de escombros sin previa autorización de la aseguradora.
  • Avisarnos en un término máximo de 3 días hábiles de lo sucedido. No requiere formalidad escrita.

Para el pago de la indemnización, te recomendamos recopilar los siguientes documentos:

En caso de pérdidas parciales y totales:

  • Aviso de siniestro.
  • Informe técnico de daños de los bienes afectados.
  • Relación de los bienes afectados.
  • Registros fotográficos.
  • Copia de la bitácora de mantenimiento de los bienes afectados.
  • Copia del contrato de mantenimiento.
  • Documentos que acrediten la propiedad de los bienes afectados.
  • Cotización de la reparación de los bienes afectados.

En caso de hurto:

  • Aviso de siniestro.
  • Relación de los bienes afectados.
  • Documentos que acrediten la propiedad de los bienes afectados.
  • Copia del denuncio instaurado ante la autoridad competente.
  • Carta de reclamo a la empresa de vigilancia encargada de la protección de los bienes.
  • Copia del contrato de prestación de servicios de vigilancia.
  • Cotización de la reposición de los bienes afectados.

En caso de daños a bienes de terceros:

  • Carta de reclamación del afectado.
  • Informe técnico de los daños materiales causados.
  • Informe de las autoridades competentes.
  • Cotización o factura de los costos de reparación o adquisición de los bienes afectados.
  • Documentos que acrediten la propiedad de los bienes afectados.
  • Declaración juramentada donde se indique que los bienes afectados no están asegurados con otra compañía.
  • Copia de la cédula de ciudadanía del tercero afectado.

Radica los documentos en nuestro correo electrónico o en una de nuestras oficinas y no olvides dirigir tu reclamación a AXA COLPATRIA Seguros S.A.

Pagaremos la indemnización mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados o cualquier parte de ellos, dentro del mes siguiente en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la perdida.

La indemnización para edificios se calculará por el valor de su reconstrucción o reparación y la indemnización para los demás bienes se calculará por el valor al momento del siniestro.

Para el pago de la indemnización recomendamos recopilar los siguientes documentos:

  • Carta de aceptación de indemnización firmada.
  • Certificado de conocimiento del cliente firmado.
  • Información de la cuenta bancaria del asegurado, beneficiario o tercero afectado.
  • Copia del RUT vigente.
  • Certificado de cámara y comercio.
  • Copia de la cedula de ciudadanía.

Luego de la formalización del reclamo por parte del asegurado o sus beneficiarios, pagaremos la indemnización dentro del mes siguiente; en caso de no pago dentro del término indicado, nos acogeremos a la sanción legal establecida en el Artículo 1080 del Código de Comercio.

El deducible es el monto o porcentaje del daño que queda a cargo del asegurado, el cual varía de acuerdo a las coberturas contratadas.

Conoce el valor de los deducibles en el momento de la cotización del seguro. Una vez adquirido, puedes consultarlos en detalle en la caratula de la póliza.

Nos subrogaremos hasta el límite de los gastos realizados o de las cantidades pagadas al Asegurado, en los derechos y acciones que correspondan al mismo contra cualquier responsable de las los daños o perdidas materias  que haya dado lugar a la prestación de alguna de las garantías descritas.

Medios de pago

Pagos tarjeta credito o PSE

Para pagos con tarjeta de crédito o por PSE con cuentas bancarias, selecciona en tipo de producto: generales.

PAGAR

Pago presencial

Para pago presencial en entidades bancarias autorizadas: en cualquiera de los puntos u oficinas de las siguientes entidades con la factura o aviso de recaudo correspondiente: Banco de Bogotá, Banco de Occidente, Bancolombia (convenio 32522).

Scotiabank Colpatria, Banco AV Villas, Redeban (exclusivo para pagos de Medicina Prepagada)

 

Ten en cuenta que, al hacer tus pagos en entidades bancarias de manera presencial, debes pagar el valor exacto de la factura o aviso de recaudo. No están permitidos valores diferentes, solo los que aparecen en los formatos de recaudo emitidos por AXA COLPATRIA.