

Plazos Para el Pago

Plazos Para el Pago
El pago debe realizarse según los dos últimos dígitos del NIT (sin el dígito de verificación) de acuerdo a la siguiente tabla.
Recuerde que si no cancela oportunamente los aportes deberá asumir los intereses de mora correspondientes, sin perjuicio de las demás sanciones previstas en la norma vigente y en particular Ley 1562 de 11 de julio de 2012. La ARL podrá repetir contra el empleador, el valor de las obligaciones asumidas cuando la empresa se encuentre en mora, la cual se configura a partir del día siguiente del vencimiento de la fecha límite de pago, No podrá participar en licitaciones con el Estado y de continuar con dos periodos consecutivos de no pago, deberá reportarse a las Entidades Territoriales del Ministerio de Trabajo.
APORTANTES DE 200 O MÁS COTIZANTES | APORTANTES DE MENOS DE 200 COTIZANTES | TRABAJADORES INDEPENDIENTES | |||
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Dos últimos dígitos del NIT o documento de Identificación | Día hábil de vencimiento | Dos últimos dígitos del NIT o documento de Identificación | Día hábil de vencimiento | Dos últimos dígitos del documento de Identificación | Día hábil de vencimiento |
00 al 10 | 1° | 00 al 08 | 1° | 00 al 07 | 1° |
11 al 23 | 2° | 09 al 16 | 2° | 08 al 14 | 2° |
24 al 36 | 3° | 17 al 24 | 3° | 15 al 21 | 3° |
37 al 49 | 4° | 25 al 32 | 4° | 22 al 28 | 4° |
50 al 62 | 5° | 33 al 40 | 5° | 29 al 35 | 5° |
63 al 75 | 6° | 41 al 48 | 6° | 36 al 42 | 6° |
76 al 88 | 7° | 49 al 56 | 7° | 43 al 49 | 7° |
89 al 99 | 8° | 57 al 64 | 8° | 50 al 56 | 8° |
65 al 72 | 9° | 57 al 63 | 9° | ||
73 al 79 | 10° | 64 al 69 | 10° | ||
80 al 86 | 11° | 70 al 75 | 11° | ||
87 al 93 | 12° | 76 al 81 | 12° | ||
94 al 99 | 13° | 82 al 87 | 13° | ||
88 al 93 | 14° | ||||
94 al 99 | 15° |
Recuerde que si no cancela oportunamente los aportes deberá asumir los intereses de mora correspondientes, sin perjuicio de las demás sanciones previstas en la norma vigente y en particular Ley 1562 de 11 de julio de 2012. La ARL podrá repetir contra el empleador, el valor de las obligaciones asumidas cuando la empresa se encuentre en mora, la cual se configura a partir del día siguiente del vencimiento de la fecha límite de pago, No podrá participar en licitaciones con el Estado y de continuar con dos periodos consecutivos de no pago, deberá reportarse a las Entidades Territoriales del Ministerio de Trabajo.