Nuestro seguro de vida individual, Vida a Mi Medida Deudor, brinda el respaldo que exigen las entidades financieras al momento de otorgar un crédito
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Conoce más sobre este seguro
Al adquirir el seguro, podrás proteger tus créditos con entidades financieras pagando una prima de seguro más económica.
En caso de siniestro, una vez pagada tu deuda a la entidad financiera, si queda remanente del valor asegurado se entregará a tus beneficiarios designados.
Este seguro cumple con las condiciones y coberturas que exigen las entidades financieras.
Suscripción
La edad mínima de ingreso será de 18 años. La edad máxima de ingreso será conforme a la siguiente tabla:
EDAD DE INGRESO MÁXIMA VIDA A MI MEDIDA DEUDOR | |
Período de cobertura | Edad máxima de ingreso |
1 año renovable automáticamente | 75 |
La edad de permanencia será de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla:
EDAD DE PERMANENCIA MÁXIMA VIDA A MI MEDIDA DEUDOR | |
Período de cobertura | Edad máxima de ingreso |
1 año renovable automáticamente | 80 |
Nota: Cuando el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia continuará asegurado hasta finalizar la vigencia del seguro inicialmente contratada.
Al momento de la suscripción del contrato, como asegurado estás obligado a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinen tu estado de salud, según el cuestionario propuesto por la aseguradora. La omisión o la inexactitud en las declaraciones que realices darán lugar a las sanciones previstas en los Artículos 1058 y 1158 del Código de Comercio.
La póliza se expide por periodos temporales de un 1 año, renovables automáticamente por periodos iguales.
Reclamación
Es importante que nos notifiques cuando ocurra uno de los eventos asegurados dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que hayan sucedido. Para formalizar el reclamo deberás acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida, te recomendamos recopilar entre otros los siguientes documentos:
Por muerte
• Copia del documento de identidad del asegurado.
• Registro civil de defunción.
• Copia de documento de identidad de los beneficiarios.
• Copia de la historia clínica completa del asegurado.
• Formulario de conocimiento del cliente, diligenciada por el beneficiario.
• Certificación bancaria de los beneficiarios para el pago de la indemnización.
Por incapacidad total y permanente
• Copia del documento de identidad del asegurado.
• Dictamen emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez como perito, por la ARL, EPS o AFP a que esté afiliado el asegurado o por la Junta Nacional de Calificación de invalidez cuando haya controversia frente al dictamen emitido por dichas entidades dentro del marco de la seguridad social.
• Copia de la historia clínica completa del asegurado.
• Formulario de conocimiento del cliente, diligenciada por el asegurado.
• Certificación bancaria para el pago de la indemnización de la cobertura de Incapacidad Total y Permanente.
Radica los documentos en nuestro Portal web o a través de WhatsApp
Una vez demostrada la ocurrencia, la cuantía y el derecho a la indemnización por parte del asegurado o sus beneficiarios, pagaremos la indemnización dentro del mes siguiente.
Medios de pago
INSCRIPCIÓN DE DÉBITO AUTOMÁTICO
Para inscripción de débito automático a tarjetas de crédito o cuentas bancarias, selecciona en tipo de producto: vida.
Pagos tarjeta crédito o PSE
Para pagos con tarjeta de crédito o por PSE con cuentas bancarias, selecciona en tipo de producto: vida.
PAGARPago presencial
Para pago presencial en entidades bancarias autorizadas: en cualquiera de los puntos u oficinas de las siguientes entidades con la factura o aviso de recaudo correspondiente: Banco de Bogotá, Banco de Occidente y Bancolombia (convenio 24331).

Ten en cuenta que, al hacer tus pagos en entidades bancarias de manera presencial, debes pagar el valor exacto de la factura o aviso de recaudo. No están permitidos valores diferentes, solo los que aparecen en los formatos de recaudo emitidos por AXA COLPATRIA.
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