Conoce más sobre este seguro

Nuestro seguro de vida individual, Vida a Mi Medida, brinda estabilidad económica en caso de fallecimiento, buscando la protección financiera de tu familia. Ofrece coberturas adicionales como incapacidad, muerte accidental, desmembración, enfermedad grave y auxilio por hospitalización que las podrás contratar de acuerdo con tu presupuesto, necesidades de aseguramiento y estilo de vida. Adicional te permite constituir un fondo de ahorro para el futuro.

Al adquirir el seguro, tus beneficiarios recibirán un Auxilio adicional para Gastos Exequiales, en caso de fallecimiento.

Al adquirir el seguro, tendrás a tu disposición una variedad de Asistencias para usar en cualquier momento durante la vigencia de la póliza

Al adquirir el seguro, podrás constituir un fondo de ahorro para acompañarte en el cumplimiento de metas.

Tienes la opción de agregar coberturas adicionales, ofreciendo una protección integral.

Seguro de Vida a Mi Medida temporal a 1 año. Conoce las condiciones: Consulta el clausulado
Seguro de Vida a Mi Medida temporal a 5 y 10 años. Conoce las condiciones Consulta el clausulado

¿QUÉ CUBRIMOS?

Coberturas básica
  • Muerte.
  • Auxilio para gastos exequiales – como suma adicional
  • Asistencia de salud.
  • Asistencia para mascotas.
  • Asistencia en Viaje Internacional.
  • Asistencia de traslado al aeropuerto

  • Incapacidad Total y Permanente (ITP).
  • Muerte accidental y beneficios de desmembración.
  • Enfermedades graves.
  • Auxilio de hospitalización a consecuencia de enfermedad o accidente.
  • Exoneración de pago de primas en caso de incapacidad total y permanente.
  • Exoneración de pago de primas en caso de enfermedad grave.
  • Sobrevivencia.
  • Fondo de ahorro.

Conoce nuestros planes:

Suscripción

La edad mínima de ingreso será de 18 años. La edad máxima de ingreso será conforme a la siguiente tabla:

La edad de permanencia será de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla:

Nota: Cuando el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia continuará asegurado hasta finalizar la vigencia del seguro inicialmente contratada.

Al momento de la suscripción del contrato, como asegurado estás obligado a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinen tu estado de salud, según el cuestionario propuesto por la aseguradora. La omisión o la inexactitud en las declaraciones que realices darán lugar a las sanciones previstas en los Artículos 1058 y 1158 del Código de Comercio.

El seguro Vida a Mi Medida puede terminar por las siguientes causas:

  • Por el no pago de la prima después de los 30 días de gracias, contados a partir de la fecha original de pago.
  • Cuando el asegurado solicite cancelar el seguro o las coberturas adicionales contratadas.
  • Cuando se cumpla la vigencia de la póliza contratada.

Reclamación

Es importante que nos notifiques cuando ocurra uno de los eventos asegurados dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que hayan sucedido. Para formalizar el reclamo deberás acreditar la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida, te recomendamos recopilar entre otros los siguientes documentos:


Por muerte y auxilio para gastos exequiales
•    Copia del documento de identidad del asegurado.
•    Registro civil de defunción.
•    Copia de documento de identidad de los beneficiarios.
•    Copia de la historia clínica completa del asegurado.
•    Formulario de conocimiento del cliente, diligenciada por el beneficiario.
•    Certificación bancaria de los beneficiarios para el pago de la indemnización.

Por incapacidad total y permanente y exoneración de pago de primas en caso de incapacidad total y permanente

•    Copia del documento de identidad del asegurado.
•    Dictamen emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez como perito, por la ARL, EPS o AFP a que esté afiliado el asegurado o por la Junta Nacional de Calificación de invalidez cuando haya controversia frente al dictamen emitido por dichas entidades dentro del marco de la seguridad social.
•    Copia de la historia clínica completa del asegurado.
•    Formulario de conocimiento del cliente, diligenciada por el asegurado.
•    Certificación bancaria para el pago de la indemnización de la cobertura de Incapacidad Total y Permanente.

Indemnización adicional por muerte accidental y beneficios de desmembración

•    Copia del acta de levantamiento del cadáver o copia del certificado de necropsia.
•    En caso de desmembración certificado médico que acredite la pérdida y copia de la historia clínica.
•    Formulario de conocimiento del cliente diligenciado por el asegurado.

En caso de reclamación por auxilio de hospitalización a consecuencia de enfermedad o accidente

•    Documento de identidad del asegurado.
•    Historia clínica completa de la hospitalización.
•    Certificación de la entidad hospitalaria que acredite los días de hospitalización y/o unidad de cuidado intensivo.
•    Formulario de conocimiento del cliente diligenciado por el asegurado.
•    Certificación bancaria para el pago de la indemnización.

En caso de reclamación por enfermedades graves y exoneración de pago de primas por enfermedades graves

•    Documento de identidad del asegurado.
•    Historia clínica completa de la hospitalización.
•    Formulario de conocimiento del cliente diligenciado por el asegurado.
•    Certificación bancaria para el pago de la indemnización de enfermedades graves.
 
Radica los documentos en nuestro Portal web o a través de WhatsApp
 

Una vez demostrada la ocurrencia, la cuantía y el derecho a la indemnización por parte del asegurado o sus beneficiarios, pagaremos la indemnización dentro del mes siguiente.

Medios de pago

INSCRIPCIÓN DE DÉBITO AUTOMÁTICO

Para inscripción de débito automático a tarjetas de crédito o cuentas bancarias, selecciona en tipo de producto: vida.

Pagos tarjeta crédito o PSE

Para pagos con tarjeta de crédito o por PSE con cuentas bancarias, selecciona en tipo de producto: vida.

PAGAR

Pago presencial

Para pago presencial en entidades bancarias autorizadas: en cualquiera de los puntos u oficinas de las siguientes entidades con la factura o aviso de recaudo correspondiente: Banco de Bogotá, Banco de Occidente y Bancolombia (convenio 24331).

Logos bancos aliados

Ten en cuenta que, al hacer tus pagos en entidades bancarias de manera presencial, debes pagar el valor exacto de la factura o aviso de recaudo. No están permitidos valores diferentes, solo los que aparecen en los formatos de recaudo emitidos por AXA COLPATRIA.

Clausulados

Consulta el clausulado de acuerdo a la fecha de expedición de tu póliza

  • Si la fecha de expedición de la Póliza es del 24 de noviembre de 2020 al 21 de abril de 2024 Consultar clausulado
  • Si la fecha de expedición de la Póliza es del 19 de septiembre de 2018 al 23 de noviembre de 2020 Consultar clausulado
  • Si la fecha de expedición de la Póliza es del 15 de abril de 2008 al 18 de septiembre del 2018 Consultar clausulado
  • Si la fecha de expedición de la Póliza es del 22 de diciembre de 2004 al 14 de abril del 2008 Consultar clausulado

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