Ventajas de adquirir este seguro

Entendemos que es necesario contar con protecciones para los despachos de valores en tu empresa, desde oficinas de la misma, bancos, corporaciones, entidades financieras, oficinas de clientes y de terceros hasta el momento de su entrega al destino final, por eso cubrimos los riesgos de pérdida o daño material que se produzcan en el transporte de valores.Este producto no se comercializa para compañías de transporte de valores.

Amparo a dinero en efectivo, cheques y títulos valores.

Cobertura a pérdida o daño material, con amparos adicionales como hurto simple y calificado.

Conoce cada una de las características de este seguro. Consulta el clausulado

¿Qué cubre?

Coberturas básicas
  • Pérdidas o daños materiales que se produzcan en el transporte de valores.
  • Hurto simple o no calificado
  • Guerra
  • Huelga, motín, conmoción civil o popular y actos terroristas o subversivos
  • Permanencias

Asistencias y exclusiones

Exclusiones

  • Avería particular o daños que no sean consecuencia de incendio, rayo, explosión, caídas accidentales al mar y/o accidentes del vehículo transportador.
  • Dinero en efectivo, joyas, metales y piedras preciosas que se envíen por correo.
  • La acción de ratas, comején, gorgojo, polilla y otras plagas.
  • Extravío
  • El abuso de confianza, el chantaje, la estafa y la extorsión de acuerdo con su definición legal.
  • Entre otras.

Consulta el clausulado para revisar cada una de las exclusiones de este seguro.

Suscripción

Para una correcta valoración y suscripción del riesgo debes contar mínimo con la siguiente información:

  • Detalle de la actividad del asegurado.
  • Detalle de los límites máximos por despacho.
  • Presupuestos anuales estimados de movilizaciones.
  • Trayectos asegurados.
  • Experiencia de siniestros en los últimos 3 años.

Esta información nos permite entregar una prima adecuada a tu nivel del riesgo. Para mayor información o cotización de la póliza, contáctanos en cualquiera de nuestros canales de atención.

Como tomador debes declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinen el estado del riesgo, según el cuestionario propuesto. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias producen la nulidad relativa del seguro.

Como asegurado o tomador debes mantener el estado del riesgo, razón por la cual debes notificarnos por escrito con 10 días hábiles de anticipación los hechos que sucedan con posterioridad a la celebración del contrato y que signifiquen agravación del riesgo o variación de su identidad local.

Podemos revocar esta póliza mediante notificación enviada por escrito al asegurado o tomador con no menos de 10 días hábiles de antelación contados a partir de la fecha del envío o en el término previsto en la carátula si fuere superior. Como asegurado también tienes derecho a revocar el seguro en cualquier momento, mediante aviso escrito dirigido a AXA COLPATRIA y podrá recuperar la prima no devengada. La revocación no opera respecto de los despachos en curso.

La liquidación del importe de la prima no devengada se calcula a prorrata del tiempo no corrido del seguro cuando sea por voluntad nuestra y a corto plazo cuando sea voluntad del asegurado.

La prima a corto plazo será equivalente a la prima a prorrata de la vigencia corrida, más un recargo del 10% sobre la diferencia entre dicha prima a prorrata y la anual.

En este seguro podemos aplicar la figura de coaseguro, es decir, distribuimos el riesgo en un porcentaje definido previamente con otra entidad aseguradora; sin embargo seremos nosotros quienes atenderemos cada una de tus solicitudes.

Reclamación

Al ocurrir cualquier siniestro amparado, como tomador o asegurado debes:

  • Evitar la extensión y propagación del siniestro.
  • Informanos sobre la ocurrencia del siniestro dentro de los 3 días hábiles siguientes.
  • Declararnos los seguros coexistentes con indicación del asegurador y la suma asegurada.
  • Presentarnos una reclamación escrita contra los responsables del siniestro por las pérdidas o daños causados a los valores asegurados.
  • Facilitarnos el ejercicio de los derechos derivados de la subrogación.

Para formalizar la reclamación el asegurado puedes utilizar cualquiera de los medios probatorios permitidos por la ley y radicarlos en una de nuestras oficinas o enviarlos a nuestro correo electrónico. No olvides dirigir tu reclamación a AXA COLPATRIA Seguros S.A.

Pagamos la indemnización mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los títulos y/o valores asegurados o cualquier parte de ellas, dentro del mes siguiente a la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida.

 

El deducible es el monto o porcentaje del daño que queda a cargo del asegurado, el cual varía de acuerdo a las coberturas contratadas.

Conoce el valor de los deducibles con antelación en el momento de la cotización del seguro. Una vez adquirido, puedes consultarlos en detalle en la caratula de la póliza.

En virtud del pago de la indemnización, subrogamos hasta la concurrencia de su importe, en todos los derechos del asegurado contra las personas responsables del siniestro.

Como asegurado debes hacer todo lo que esté a tu alcance para permitirnos el ejercicio de los derechos derivados de la subrogación y eres responsable de los perjuicios que nos acarree tu falta de diligencia en el cumplimiento de esta obligación.

Medios de pago

Pagos tarjeta crédito o PSE

Para pagos con tarjeta de crédito o por PSE con cuentas bancarias, selecciona en tipo de producto: generales.

PAGAR

Pago presencial

Para pago presencial en entidades bancarias autorizadas: en cualquiera de los puntos u oficinas de las siguientes entidades con la factura o aviso de recaudo correspondiente: Scotiabank Colpatria, Banco de Bogotá, Banco de Occidente, Bancolombia (convenio 32522).

Logos bancos aliados

Ten en cuenta que, al hacer tus pagos en entidades bancarias de manera presencial, debes pagar el valor exacto de la factura o aviso de recaudo. No están permitidos valores diferentes, solo los que aparecen en los formatos de recaudo emitidos por AXA COLPATRIA.

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