Ventajas de este seguro

 

Un seguro diseñado para proteger los equipos de telefonía móvil adquiridos en el mercado local, ofreciendo seguridad y respaldo en caso de pérdida o daño.

Respaldo de AXA COLPATRIA, una empresa con más de 50 años de experiencia en el mercado asegurador colombiano y el de AXA, la marca de seguros número 1 en el mundo.

Respaldo para las empresas de telefonía móvil.

Conoce las características de este seguro.

Consulta el clausulado

¿Qué cubre?

Coberturas Básicas
Coberturas Básicas
Exclusiones
  • Pérdida total por hurto calificado.
  • Pérdida total por hurto simple.
  • Daño físico total.
  • Fractura de pantalla.
  • Pérdidas ocasionadas después del daño total o hurto del equipo.
  • Uso indebido de la línea y el equipo.
  • Daño o hurto parcial del equipo.

Consulta en el clausulado todas las exclusiones.
 

  • Pérdida total por hurto calificado.
  • Pérdida total por hurto simple.
  • Daño físico total.
  • Fractura de pantalla.
  • Pérdidas ocasionadas después del daño total o hurto del equipo.
  • Uso indebido de la línea y el equipo.
  • Daño o hurto parcial del equipo.

Consulta en el clausulado todas las exclusiones.
 

Suscripción

Modificación del estado del riesgo
Modificación del estado del riesgo
Renovación
Revocación

De conformidad con lo estipulado en el artículo 1060 del Código de Comercio, el asegurado deberá avisar a AXA COLPATRIA cualquier cambio o modificación del estado del riesgo, especialmente, cualquier cambio o modificación o bien del equipo de telefonía móvil o bien del número de línea telefónica con la cual se asocia el bien asegurado o cambio en la persona tenedora del bien asegurado, con antelación no menor a diez días calendario, con el fin de realizar los ajustes de primas y cambios necesarios, so pena de la aplicación de las sanciones previstas en el mencionado artículo.

Este seguro se renueva automáticamente en igualdad de condiciones.

El contrato de seguro puede ser revocado unilateralmente por el asegurado y por nosotros.

Por nosotros mediante noticia escrita enviada al tomador o asegurado con antelación no menor a 10 días calendario contados desde la fecha de envío, en cuyo caso dará derecho a recuperar la prima no devengada, liquidada a prorrata del tiempo no corrido.

El tomador o asegurado podrán revocarlo en cualquier momento y dará derecho a recuperar la prima no devengada, liquidada a prorrata para la vigencia del seguro.

De conformidad con lo estipulado en el artículo 1060 del Código de Comercio, el asegurado deberá avisar a AXA COLPATRIA cualquier cambio o modificación del estado del riesgo, especialmente, cualquier cambio o modificación o bien del equipo de telefonía móvil o bien del número de línea telefónica con la cual se asocia el bien asegurado o cambio en la persona tenedora del bien asegurado, con antelación no menor a diez días calendario, con el fin de realizar los ajustes de primas y cambios necesarios, so pena de la aplicación de las sanciones previstas en el mencionado artículo.

Este seguro se renueva automáticamente en igualdad de condiciones.

El contrato de seguro puede ser revocado unilateralmente por el asegurado y por nosotros.

Por nosotros mediante noticia escrita enviada al tomador o asegurado con antelación no menor a 10 días calendario contados desde la fecha de envío, en cuyo caso dará derecho a recuperar la prima no devengada, liquidada a prorrata del tiempo no corrido.

El tomador o asegurado podrán revocarlo en cualquier momento y dará derecho a recuperar la prima no devengada, liquidada a prorrata para la vigencia del seguro.

Reclamación

Al ocurrir cualquier siniestro amparado, el asegurado debe emplear todos los medios que disponga para evitar su propagación o extensión y salvar y conservar los bienes asegurados. Así mismo, debe avisarnos a más tardar dentro del término de 3 días siguientes contados a partir de la fecha en que haya conocido o debido conocer la ocurrencia del siniestro.

La notificación no requiere formalidad escrita, pero si el asegurado lo desea puede dirigir su reclamación a AXA COLPATRIA Seguros S.A. y utilizar cualquiera de los medios probatorios permitidos por la ley.

Pagamos la indemnización dentro del mes siguiente a la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida en dinero o mediante reposición, reparación o reconstrucción del equipo móvil.

Es el porcentaje del daño indemnizable que se descuenta del pago de cualquier indemnización, quedando a cargo del tomador o asegurado y se encuentra consignado en la carátula de la póliza o sus anexos.

Medios de pago

Pago tu seguro en línea

• Pagos presenciales en entidades financieras.

• Tarjetas débito o crédito.

• Pago en línea (PSE)

Consecuencias en caso de incumplimiento en el pago

La mora o el incumplimiento en el pago de la prima producen la terminación automática de este seguro.

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