Seguro para celulares corresponsalía
Protege tu celular frente a los imprevistos del día a día
Con este seguro puedes contar con respaldo ante situaciones como daño parcial o total, fractura de pantalla, hurto y, según la cobertura contratada, garantía extendida.
Si algo le pasa a tu equipo, podrás acceder a la reparación, reposición por un equipo de características equivalentes o una indemnización, de acuerdo con la cobertura que hayas elegido.

Ventajas de este seguro
Un seguro diseñado para proteger los equipos de telefonía móvil adquiridos en el mercado local, ofreciendo seguridad y respaldo en caso de pérdida o daño.
Respaldo de AXA COLPATRIA, una empresa con más de 50 años de experiencia en el mercado asegurador colombiano y el de AXA, la marca de seguros número 1 en el mundo.
Conoce las características de este seguro.
Consulta el clausulado¿Qué cubre?
- Hurto calificado del dispositivo de telefonía móvil
- Hurto simple del dispositivo de telefonía móvil
- Daño accidental total del dispositivo de telefonía móvil
- Hurto accidental parcial del dispositivo de telefonía móvil
- Fractura de pantalla del dispositivo de telefonía móvil
- Garantía extendida del dispositivo de telefonía móvil
El producto no cuenta con exclusiones, sin embargo, se debe revisar que el evento a reclamar se encuentre expresamente cubierto en las condiciones particulares del seguro.
- Hurto calificado del dispositivo de telefonía móvil
- Hurto simple del dispositivo de telefonía móvil
- Daño accidental total del dispositivo de telefonía móvil
- Hurto accidental parcial del dispositivo de telefonía móvil
- Fractura de pantalla del dispositivo de telefonía móvil
- Garantía extendida del dispositivo de telefonía móvil
El producto no cuenta con exclusiones, sin embargo, se debe revisar que el evento a reclamar se encuentre expresamente cubierto en las condiciones particulares del seguro.
Suscripción
De conformidad con lo estipulado en el artículo 1060 del Código de Comercio, el asegurado deberá avisar a AXA COLPATRIA cualquier cambio o modificación del equipo de telefonía móvil o del número de línea telefónica con la cual se asocia el celular asegurado o cambio en la persona tenedora del bien asegurado, con antelación no menor a diez días calendario, con el fin de realizar los ajustes de primas y cambios necesarios, so pena de la aplicación de las sanciones previstas en el mencionado artículo.

La posibilidad de renovación del seguro esta atada a las condiciones particulares del seguro.

El seguro puede terminarse por las siguientes causas:
- Por mora en el pago de la prima: La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato, de conformidad con el artículo 1068 del Código de Comercio.
- Por revocación unilateral de cualquiera de las partes, de conformidad con el artículo 1071 del Código de Comercio.
Adicionalmente, en los casos que las condiciones particulares lo estipulen, podrá darse por terminado el seguro cuando se alcance el límite máximo de reclamaciones / eventos permitidos para el producto.

El no pago de la prima dentro del plazo estipulado producirá la terminación automática del seguro.

De conformidad con lo estipulado en el artículo 1060 del Código de Comercio, el asegurado deberá avisar a AXA COLPATRIA cualquier cambio o modificación del equipo de telefonía móvil o del número de línea telefónica con la cual se asocia el celular asegurado o cambio en la persona tenedora del bien asegurado, con antelación no menor a diez días calendario, con el fin de realizar los ajustes de primas y cambios necesarios, so pena de la aplicación de las sanciones previstas en el mencionado artículo.

La posibilidad de renovación del seguro esta atada a las condiciones particulares del seguro.

El seguro puede terminarse por las siguientes causas:
- Por mora en el pago de la prima: La mora en el pago de la prima de la póliza o de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho al asegurador para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos causados con ocasión de la expedición del contrato, de conformidad con el artículo 1068 del Código de Comercio.
- Por revocación unilateral de cualquiera de las partes, de conformidad con el artículo 1071 del Código de Comercio.
Adicionalmente, en los casos que las condiciones particulares lo estipulen, podrá darse por terminado el seguro cuando se alcance el límite máximo de reclamaciones / eventos permitidos para el producto.

El no pago de la prima dentro del plazo estipulado producirá la terminación automática del seguro.

Reclamación
Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 1077 del Código de Comercio, respecto de la obligación del Asegurado o Tomador de acreditar la ocurrencia del siniestro, así como la cuantía de la pérdida, se podrá utilizar cualquiera de los medios probatorios permitidos por Ley.
Canales para radicar el siniestro
WhatsApp: +57 (601) 357 243
AXA COLPATRIA pagará la indemnización en un término no superior a veinticinco (23) días calendario, contados a partir de la fecha en que se acredite la ocurrencia del siniestro.
Medios de pago
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+57 (601) 423 5757 | Nal: +57 01-8000-512620: Línea exclusiva de salud: +57 601 4235750 | Nal: +57 01-8000-515750
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