Plan Familia
Descripción
Es un seguro creado especialmente para proteger a los clientes de Scotiabank Colpatria S.A. y a sus familias en caso de fallecimiento o de incapacidad total y permanente del asegurado.
Ventajas de adquirir este seguro
Cuentas con el respaldo de AXA COLPATRIA, una empresa con más de 50 años de experiencia en el mercado asegurador colombiano y el respaldo de AXA, la marca de seguros número 1 en el mundo..
Puedes adquirir este seguro de manera fácil y rápida a través de tu cuenta bancaria Colpatria.
CONSULTA EL CLAUSULADO y conoce cada una de las características de este seguro.

Coberturas
Coberturas básicas
- Muerte.
- Incapacidad total y permanente.
Exclusiones
No podremos cubrirte en caso de:
- Suicido o intento de suicidio.
- Enfermedades preexistentes.
- Guerra o conmoción civil.
- Contaminación radioactiva.
Consulta el clausulado para revisar cada una de las exclusiones de este seguro.
Suscripción
Declaración del estado del riesgo
Al momento de la suscripción del contrato como asegurado, debes declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinen tu estado de salud. La omisión o la inexactitud en las declaraciones que realices darán lugar a las sanciones previstas en los Artículos 1058 y 1158 del Código de Comercio.
Renovación
Los amparos entrarán en vigor a partir del día siguiente a la fecha en que se efectúe el primer pago o descuento de la prima; y tendrán una vigencia mensual o anual, conforme a la opción de pago escogida por cada asegurado, con renovación automática por períodos iguales, previo el pago de la prima pactada.
Suscripción
Revocación
Podrás cancelar el seguro y sus coberturas adicionales enviándonos en cualquier momento tu solicitud por escrito. De igual forma, podremos revocar las coberturas otorgadas si incumples con algunas de las condiciones del seguro, para ello te notificaremos por escrito a la dirección de tu domicilio con al menos 10 días hábiles de antelación. En ambos casos te devolveremos el valor proporcional de la prima no devengada desde la fecha de revocación.
Coaseguro
En este seguro, podemos aplicar la figura de coaseguro, es decir, distribuimos el riesgo en un porcentaje definido previamente con otra entidad aseguradora; sin embargo seremos nosotros quienes atenderemos cada una de tus solicitudes.
Reclamación
Es importante que nos notifiques cuando ocurra uno de los eventos asegurados dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que hayan sucedido. No requiere formalidad escrita.
Para formalizar el reclamo, deberá acreditarse la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la pérdida, te recomendamos recopilar entre otros, los siguientes documentos:
En caso de muerte:
- Registro civil de defunción.
- Registro civil de nacimiento del asegurado.
- Fotocopia de la cédula del asegurado.
- Fotocopia de la cédula del beneficiario.
- Documentos que acrediten la relación del beneficiario con el asegurado.
En caso de muerte accidental o violenta:
- Acta de levantamiento del cadáver.
- Acta de necropsia practicada.
- Fotocopia del informe de la autoridad que conoció el caso.
- Certificado de la fiscalía.
En caso de incapacidad total y permanente:
- Carta de reclamación.
- Fotocopia de la historia clínica.
- Certificado médico de la incapacidad total y permanente.
Radica los documentos en una de nuestras oficinas o envíalos escaneados a nuestro correo electrónico y no olvides dirigir tu reclamación a AXA COLPATRIA Seguros de Vida S.A.
Luego de la formalización del reclamo por parte del asegurado o sus beneficiarios, pagaremos la indemnización dentro de los 29 días siguientes; en caso de no pago de la indemnización dentro del término antes señalado siguiente a la notificación del siniestro, nos acogeremos a la sanción legal establecida en el Artículo 1080 del Código de Comercio.
Medios de pago
Medios de pago
Puedes financiar tu seguro de acuerdo al medio de pago que emplees con Scotiabank Colpatria S.A., quien te brindará la información acerca del procedimiento a seguir.
En caso de mora en el pago de las primas, tu seguro terminará de forma inmediata una vez vencido el periodo de gracia de un mes calendario contado a partir de la fecha de pago pactada.