Pyme segura
Descripción
Amparamos las pérdidas o daños materiales que sufran los bienes de la pequeña y mediana empresa.
Ventajas de adquirir este seguro
Coberturas básicas con opción de coberturas adicionales seleccionadas por el cliente.
Valores asegurados suministrados por el cliente.
Facilidad de suscripción.
Consulta el clausulado y conoce
cada una de las características de este seguro.
Coberturas
Coberturas básicas
Incendio.
Terremoto, temblor o erupción volcánica.
Maremoto, marejada o tsunami.
Huelga o conmoción civil.
Actos malintencionados de terceros, incluidos actos terroristas.
Daños que sufran los suelos y muros.
Rotura de vidrios.
Coberturas Adicionales
Robo con o sin violencia.
Daños en equipos eléctricos o electrónicos.
Rotura de maquinaria.
Daños a terceros o responsabilidad civil extracontractual.
Pérdida de arrendamiento o gastos de alojamiento temporal.
Manejo global comercial o infidelidad de empleados.
Gastos de alojamiento temporal.
Gastos de alojamiento temporal.
Asistencias
Asistencia domiciliaria (plomería, electricidad, cerrajería, vidrios, celaduría y más). Consulta el clausulado para más información.
Asistencia al pc, portátiles, tablets, smartphones e impresoras. Asistencia domiciliaria extendida para más información.
Consulta nuestra guía rápida para hacer uso de las asistencias.
Exclusiones
No podremos cubrir en caso de:
Guerra internacional o civil.
Dolo o culpa grave o de sus representantes legales.
Contaminación radioactiva.
Deterioro natural de los bienes asegurados.
Ataques o virus informáticos.
Consulta el clausulado y conoce cada una de las exclusiones que aplican a las coberturas que contrates.
Al ocurrir cualquiera de los eventos cubiertos, el asegurado debe entre otras cosas:
- Evitar que la afectación de tus bienes asegurados sea mayor.
- No remover u ordenar remoción de escombros sin previa autorización de la aseguradora.
- Avisarnos en un término máximo de 3 días hábiles de lo sucedido. No requiere formalidad escrita.
Para el pago de la indemnización, te recomendamos recopilar los siguientes documentos:
En caso de pérdidas parciales y totales:
- Aviso de siniestro.
- Informe técnico de daños de los bienes afectados.
- Relación de los bienes afectados.
- Registros fotográficos.
- Copia de la bitácora de mantenimiento de los bienes afectados.
- Copia del contrato de mantenimiento.
- Documentos que acrediten la propiedad de los bienes afectados.
- Cotización de la reparación de los bienes afectados.
En caso de hurto:
- Aviso de siniestro.
- Relación de los bienes afectados.
- Documentos que acrediten la propiedad de los bienes afectados.
- Copia del denuncio instaurado ante la autoridad competente.
- Carta de reclamo a la empresa de vigilancia encargada de la protección de los bienes.
- Copia del contrato de prestación de servicios de vigilancia.
- Cotización de la reposición de los bienes afectados.
En caso de daños a bienes de terceros:
- Carta de reclamación del afectado.
- Informe técnico de los daños materiales causados.
- Informe de las autoridades competentes.
- Cotización o factura de los costos de reparación o adquisición de los bienes afectados.
- Documentos que acrediten la propiedad de los bienes afectados.
- Declaración juramentada donde se indique que los bienes afectados no están asegurados con otra compañía.
- Copia de la cédula de ciudadanía del tercero afectado.
Radica los documentos en el correo electrónico o en una de nuestras oficinas. No olvides dirigir tu reclamación a AXA COLPATRIA Seguros S.A.
Pagaremos la indemnización mediante la reposición, reparación o reconstrucción de los bienes asegurados o cualquier parte de ellos, dentro del mes siguiente en que se acredite la ocurrencia del siniestro y la cuantía de la perdida.
Para el pago de la indemnización recomendamos recopilar los siguientes documentos:
- Carta de aceptación de indemnización firmada.
- Certificado de conocimiento del cliente firmado.
- Información de la cuenta bancaria del asegurado, beneficiario o tercero afectado.
- Copia del RUT vigente.
- Certificado de cámara y comercio.
- Copia de la cedula de ciudadanía.
Luego de la formalización del reclamo por parte del asegurado o sus beneficiarios, pagaremos la indemnización dentro del mes siguiente; en caso de no pago dentro del término indicado, nos acogeremos a la sanción legal establecida en el Artículo 1080 del Código de Comercio.
El deducible es el monto o porcentaje del daño que queda a cargo del asegurado, el cual varía de acuerdo a las coberturas contratadas.
Conoce el valor de los deducibles en el momento de la cotización del seguro. Una vez adquirido, puedes consultarlos en detalle en la caratula de la póliza.
Nos subrogaremos hasta el límite de los gastos realizados o de las cantidades pagadas al Asegurado, en los derechos y acciones que correspondan al mismo contra cualquier responsable de las los daños o perdidas materias que haya dado lugar a la prestación de alguna de las garantías descritas.
Te invitamos a conocer los diferentes medios de pago que ponemos a tu disposición para el pago de tus productos.
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