Descripción


Cubrimos los perjuicios causados por el incumplimiento de las obligaciones a cargo de un contratista en favor de particulares.


Ventajas de adquirir este seguro


Coberturas básicas con opción de coberturas adicionales seleccionadas por el cliente.

Valores asegurados suministrados por el cliente.

Facilidad de suscripción.

No requiere inspección.

CONSULTA EL CLAUSULADO y conoce cada una de las características de este seguro.

Coberturas

Coberturas básicas

Seriedad de la oferta.
Buen manejo de anticipos.
Cumplimiento de las obligaciones del contratista.
Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones.

Estabilidad de la obra.
Calidad de los bienes suministrados o del servicio.
Correcto funcionamiento de los equipos.

Exclusiones

No cubrimos cuando se presente cualquiera de los siguientes hechos:

Delitos que atenten contra la seguridad del estado.
Causas legales o contractuales de exoneración de responsabilidad del contratista.
Daños causados por el contratista a los bienes.

Consulta el clausulado para revisar cada una de las exclusiones.

Reclamación

Al ocurrir cualquier siniestro amparado, el asegurado debe avisarnos a más tardar dentro del término de 3 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que haya conocido o debido conocer la ocurrencia del siniestro, para ello no se requiere formalidad escrita.

El tomador o contratista deberá avisarnos en el término de 3 días hábiles a la fecha en que tenga conocimiento de cualquier demanda, procedimiento o diligencia que pueda dar origen a un siniestro o reclamación.

Si cualquiera de las partes incumple estas obligaciones, podremos deducir de la indemnización el valor de los perjuicios que cause dicho incumplimiento.

Para acreditar la ocurrencia del siniestro el asegurado debe suministrar los documentos que demuestren el incumplimiento de las obligaciones garantizadas del contratista. Para demostrar la cuantía deberá adjuntar el acta de liquidación del contrato y/o los documentos soporte que demuestren el detrimento patrimonial sufrido.

Los documentos pueden radicarse a través de correo electrónico o en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional. No olvides dirigir tu reclamación a AXA COLPATRIA Seguros S.A.

Luego de la formalización del reclamo por parte del asegurado, pagaremos la indemnización o asumiremos la ejecución del contrato garantizado dentro del mes siguiente; en caso contrario, nos acogeremos a la sanción legal establecida en el Artículo 1080 del Código de Comercio.

En caso de coaseguro, indemnizaremos al asegurado, de acuerdo a nuestra participación en el seguro. El valor de la indemnización variará dependiendo del riesgo que asume cada aseguradora.

Subrogaremos hasta el total de la suma indemnizada a los terceros no asegurados responsables del mal accionar del asegurado y/o sus empleados para cometer un fraude.

El asegurado deberá hacer todo lo que esté a su alcance para permitirnos el ejercicio de los derechos derivados de la subrogación y será responsable de los perjuicios que nos acarree su falta de diligencia en el cumplimiento de esta obligación.

Medios de pago

Te invitamos a conocer los diferentes medios de pago que ponemos a tu disposición para el pago de tus productos.

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